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Abr
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TUCUMÁN
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Se establece que deberá constar en forma legible y destacada el número de teléfono de la Dirección de Comercio Interior de la Provincia en todas las facturas y tickets emitidos a consumidores finales dentro del ámbito de la Provincia de Tucumán.
Asimismo, se deberá colocar en todos los comercios y en todo lugar de atención a consumidores y usuarios de la Provincia de Tucumán un cartel en lugar visible con la siguiente leyenda: "Señor consumidor o usuario: ante cualquier duda o reclamo diríjase a la Dirección de Comercio Interior de la Provincia", como así también el domicilio y teléfono de la misma. Destacamos que las presentes obligaciones deberán ser reglamentadas en un plazo no mayor a 90 días
Asimismo, se deberá colocar en todos los comercios y en todo lugar de atención a consumidores y usuarios de la Provincia de Tucumán un cartel en lugar visible con la siguiente leyenda: "Señor consumidor o usuario: ante cualquier duda o reclamo diríjase a la Dirección de Comercio Interior de la Provincia", como así también el domicilio y teléfono de la misma. Destacamos que las presentes obligaciones deberán ser reglamentadas en un plazo no mayor a 90 días