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Mar
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NEUQUÉN
NEUQUÉN
La Dirección Provincial de Rentas de la Provincia del Neuquén sustituye la reglamentación del régimen de impuesto fijo del impuesto sobre los ingresos brutos -art. 208, CF-.
Entre sus principales modificaciones, destacamos:
- Se considerarán contribuyentes alcanzados por el presente régimen aquellos sujetos que se dediquen al comercio minorista, presten servicios sociales y comunales, servicios y servicios personales al Estado Nacional, provincial y municipal, y que no tengan empleados cuando sus ingresos sean inferiores a $ 60.000 o, teniendo hasta un empleado, tengan ingresos hasta $ 112.500.
- Se agrega como causal de exclusión para el caso de comercialización minorista que el precio unitario de venta supere la suma de $ 500.