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TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. POLICÍA LABORAL. PROVINCIA DE SAN JUAN. REGISTRO ÚNICO DE PROVEEDORES DE EMPRESAS MINERAS. CREACIÓN : Se crea, en el ámbito de la Provincia de San Juan, el Registro Único de Proveedores de Empresas Mineras. Entre los puntos relevantes se mencionan: - A los fines de la ley, se entiende como proveedores locales a las personas físicas o jurídicas que, entre otros requisitos, cuenten con al menos el 80% de la nómina de trabajadores con domicilio real en la Provincia de San Juan, con una antigüedad no menor a un año. - Las empresas mineras tienen la obligación de contratar trabajadores que tengan domicilio real en la Provincia con una antigüedad de al menos un año, en una cantidad no inferior al 75% de toda su nómina de trabajadores. La presente ley comenzará a regir a partir del 19 de diciembre de 2013.