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PROVINCIA DE CÓRDOBA
PROVINCIAS
Se aprueba el Protocolo de Actuación del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Córdoba para la Tramitación de Denuncias de Violencia Laboral: Oficina de Asesoramiento y Registro de Violencia Laboral.
Entre los puntos destacados del citado protocolo, mencionamos:
- Se faculta al citado Organismo para recibir y tramitar las denuncias.
- Las denuncias podrán presentarse por parte del damnificado de forma directa, con patrocinio letrado, o junto con asociaciones gremiales, organizaciones no gubernamentales u otras instituciones intermedias, o por derivación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación u otros organismos.
- Admitida la denuncia, se fijará una audiencia de conciliación.
- Ante la incomparecencia injustificada de la empleadora y/o denunciada a la audiencia, o ante la verificación de infracciones a la legislación laboral vigente, se aplicarán sanciones en los términos de la ley (Cba.) 8015 y la ley nacional 25212.
- Las partes podrán celebrar Acuerdos a los fines de hacer cesar la situación de violencia, disponiéndose la verificación posterior del cumplimiento de lo acordado, a pedido de parte.
- Ante la falta de acuerdo, la Autoridad de Aplicación podrá emitir resolución o disponer el archivo de las actuaciones.
- Sobre la base de los dictámenes que emita la Autoridad de Aplicación, se llevará un registro de antecedentes dentro del denominado Sistema Provincial de Rúbrica y Documentación Laboral.