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PERSONAS JURÍDICAS DE LA PROVINCIA DE BS AS




PERSONAS JURÍDICAS DE LA PROVINCIA DE BS AS


PERSONAS JURÍDICAS DE LA PROVINCIA DE BS AS
Se dispone el registro de contratos de fideicomiso y sus modificaciones celebrados con posterioridad al 1/8/2015 cuando: a) sus objetos incluyan acciones y/o cuotas sociales y/o partes de interés de sociedades inscriptas ante dicho Organismo; b) los bienes objeto del contrato se encuentren en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires; o c) al menos uno de los fiduciarios designados posea domicilio en la Provincia de Buenos Aires, con excepción de los fideicomisos financieros que hacen oferta pública.

El registro deberá ser solicitado por el fiduciario dentro de los 30 días de celebrado el contrato y, transcurrido dicho plazo, podrá ser solicitado por el fiduciante, el beneficiario o el fideicomisario. Asimismo, se agrega que para la inscripción de asambleas de sociedades por acciones o reunión de socios en las que hayan intervenido, ejerciendo el derecho de voto, titulares fiduciarios de participaciones sociales, deberá verificarse la previa inscripción del contrato de fideicomiso.