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Abr

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA




BCRA


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INFORMACIÓN DE CLIENTES NO RESIDENTES El BCRA, a través de la Comunicación A 7484 establece que las entidades financieras obligadas a reportar cuentas de no residentes a la AFIP deben requerir a sus clientes no residentes una declaración jurada que incluye, para personas humanas y jurídicas, la información sobre el país de residencia fiscal y el número de identificación fiscal, dirección, controlantes, entre otros datos. Las entidades alcanzadas tendrán un plazo de 60 días para dar cumplimiento al requerimiento de la referida declaración jurada para el caso de las cuentas existentes y de 10 días para las nuevas cuentas