15
Oct

JURISPRUDENCIA




.


JURISPRUDENCIA
La Sala A de la Cámara Federal de Córdoba, en autos Avancini, Susana Esther c/EN - AFIP - acción meramente declarativa de inconstitucionalidad, ordenó a la AFIP -a través del órgano de retención correspondiente, Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba- que se abstenga de retener sobre los haberes previsionales de la actora suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias, por un período de seis meses o hasta que se resuelva sobre el fondo de la cuestión planteada. Los magistrados recordaron que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha expedido en García, María Isabel c/AFIP s/acción meramente declarativa de inconstitucionalidad sobre la inconstitucionalidad de los artículos 23 -inc. c)-, 79 -inc. c)-, 81 y 90 de la ley 20628 (texto s/L. 27346 y 27430), poniendo en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de adoptar un tratamiento diferenciado para la tutela de jubilados en condiciones de vulnerabilidad por ancianidad o enfermedad, que conjugue este factor relevante con el de la capacidad contributiva potencial.