15
May

TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL




SOCIALES


TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Se establece un procedimiento abreviado, que será aplicable a los titulares de un beneficio previsional que, con anterioridad al 1 de abril del corriente año: a) Hayan prestado conformidad y suscripto el acuerdo en las condiciones previstas en el Anexo I de la resolución (ANSeS) 305/2016, hubieren iniciado juicio o no. b) Tengan cumplidos los 80 años de edad, hubieren iniciado juicio o no, y no hayan rechazado la propuesta a través de la plataforma “Reparación Histórica”. c) Hayan prestado conformidad a través de la plataforma “Reparación Histórica” y tengan un incremento del haber inferior al mínimo garantizado a que refiere el artículo 125 de la ley 24241 y sus modificatorias y complementarias. d) Hayan prestado conformidad a través de la plataforma “Reparación Histórica” y acrediten la condición de “exentos” del Programa Mi Huella, por estar imposibilitados de movilizarse o padecer una enfermedad grave. La presente normativa entrará en vigencia a partir del mensual mayo de 2017.