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Jul

RECORDATORIO




RECORDATORIO


RECORDATORIO
RECESO ADMINISTRATIVO ENTRE EL 18/7/2016 Y EL 29/7/2016 EN EL ÁMBITO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS.

Se dispone el receso administrativo en el ámbito de la Comisión Federal de Impuestos entre el 18/7/2016 y el 29/7/2016 y, a los fines del cómputo de todos los términos procesales de las actuaciones en trámite, se declaran inhábiles los días comprendidos en el citado mes.

INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA. FUNCIONAMIENTO DURANTE EL RECESO INVERNAL

Se recuerda que la Inspección General de Justicia dispuso un régimen especial de atención durante el receso invernal, comprendido entre el 18 y el 29 de julio inclusive, a los fines de implementar el sistema de gestión documental electrónica aprobado por el decreto 561/2016. En este sentido, la norma establece que no se recibirán:

- Trámites ordinarios y urgentes del Departamento de Precalificación de Sociedades Comerciales, Oficina de Entidades Extranjeras y Asuntos Especiales, del Departamento de Control Contable de Sociedades Comerciales (sean precalificados o no) y del Departamento de Personería Jurídica de Entidades Civiles.

- Trámites ordinarios y urgentes relativos a la recepción de las matrículas individuales y la expedición de certificados ordinarios y comunes de las mismas.

- Solicitud de concurrencia de inspectores a asambleas o reuniones del órgano de administración.

- Presentaciones correspondientes al cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias de los sistemas de ahorro y capitalización.

- Trámites comunes y urgentes relativos al Departamento de Rúbricas.

- Recepción de oficios judiciales, con excepción de aquellos que tengan carácter de urgente, es decir, los librados, mediando habilitación judicial de feria, los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional, provenientes de organismos instructorios en materia penal, los que ordenen la inscripción de medidas cautelares o falenciales.

- Denuncias, a excepción de aquellas en las que se requiera el ejercicio inmediato de medidas de fiscalización permanente sobre sociedades comprendidas en los artículos 299 y 301 de la ley general de sociedades, artículo 8 de la ley 22315, asociaciones civiles, fundaciones o entidades comprendidas en el artículo 9 de la ley 22315, siempre que dicha solicitud se encuentre debidamente fundada para el tratamiento de asuntos que no admitan demora.

El horario para retiro de trámites será de 9 a 12, sin requerir solicitud de turno previo.