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Ene

RECORDATORIOS




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IMPUESTO A LAS GANANCIAS. RENTA DEL TRABAJO EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. SISTEMA SIRADIG - TRABAJADOR. PLAZO PARA PRESENTAR EL FORMULARIO 572 WEB AÑO 2015 HASTA EL 31/1/2016

Recordamos que el trabajador tendrá tiempo hasta el 31 de enero de 2016 para ingresar en el F. 572 web aquellos datos que deben ser tenidos en cuenta por el empleador para la confección de la liquidación anual del impuesto a las ganancias por el año 2015. Señalamos que la presente modalidad resulta de aplicación para los sujetos que: a) Computen las percepciones por consumos efectuados en el exterior con tarjetas de crédito y/o débito y por compra de moneda extranjera. b) Hayan obtenido ganancias brutas anuales iguales o superiores a $ 250.000 en el año calendario inmediato anterior (2014) al que se declara. c) Cuando el empleador por razones administrativas así lo haya dispuesto

AFIP. IMPUESTO A LAS GANANCIAS O SOBRE LOS BIENES PERSONALES. PERCEPCIONES POR OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA A PERSONAS NO CONTRIBUYENTES DE ESTOS IMPUESTOS. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR SU DEVOLUCIÓN

La AFIP dio a conocer el procedimiento que deberán seguir aquellos ciudadanos que hubieran sufrido percepciones a cuenta del impuesto a las ganancias o sobre los bienes personales, siempre que no sean contribuyentes de los mismos, para solicitar la devolución de los importes percibidos. El procedimiento consta de una primera etapa presencial -en caso de ser necesario- y una etapa posterior, utilizando servicios con clave fiscal.

Primer paso: trámite presencial

a) Solicitar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) en la dependencia de AFIP que corresponda a su domicilio fiscal, mediante la presentación del Formulario F.460/F por duplicado, DNI y dos constancias del domicilio fiscal que se declara. b) Registración de Datos Biométricos. Este trámite consiste en el registro digital de la fotografía, firma y huella dactilar, así como la exhibición del documento de identidad para ser "escaneado". Posteriormente, al ingresar con su Clave Fiscal, el sistema le solicitará aceptar o rechazar los datos biométricos registrados. c) Poseer Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3. De no poseer Clave Fiscal, o de poseer una con nivel de seguridad 1 o 2, deberá solicitarla o incrementar el nivel de seguridad en una Dependencia AFIP.

Segundo paso: trámite con Clave Fiscal

a) Registrar su Clave Bancaria Uniforme (CBU) para que, en caso de corresponder, sea transferido el monto solicitado en devolución. Para ello deberá acceder con Clave Fiscal al servicio "Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social". Dicho servicio requiere que la Clave Fiscal posea nivel de seguridad 3 como mínimo. b) Ingresar con Clave Fiscal al servicio “Mis Aplicaciones Web” y realizar la solicitud de devolución mediante el Formulario F.746/A - Devoluciones y Transferencias

CABA. INGRESOS BRUTOS. RÉGIMEN SIMPLIFICADO. RECATEGORIZACIÓN CUATRIMESTRAL

La recategorización en el Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos de la CABA vence en enero de 2016 y deberá realizarse mediante declaración jurada remitida por transferencia electrónica de datos, a través de la página web -www.agip.gob.ar-. Recordamos que por medio de la resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 95/2015 se modificaron las fechas de recategorización en el mencionado régimen, la que ahora deberá efectuarse cuatrimestralmente en los meses de enero, mayo y setiembre