18
Ago

FACTURA ELECTRÓNICA- PRÓRROGA




FACTURAS ELECTRÓNICAS PRÓRROGA


FACTURA ELECTRÓNICA- PRÓRROGA
Se prorroga hasta el 31/3/2016 la obligación de emitir factura electrónica por parte de los responsables inscriptos que se encontraban obligados a partir del 1/7/2015 y de aquellos sujetos que independientemente de su condición en el gravamen también se encontraban obligados desde dicha fecha .

También se prorroga hasta el 31/3/2016 la obligación de emitir factura electrónica por parte de los sujetos que realicen las siguientes operaciones:

a) Operaciones relacionadas con los operadores del mercado lácteo por la "Liquidación Mensual Única - Comercial Impositiva" .

b) Operaciones relacionadas con la comercialización de tabaco por el "Comprobante de Compra Primaria para el Sector Tabacalero"

c) Operaciones efectuadas por representantes de modelos, agencias de publicidad, de promociones, productoras y similares.

Algunas aclaraciones de la AFIP a tener en cuenta con respecto a la posibilidad de emitir facturas manuales hasta el 31 de marzo de 2016 por parte de aquellos sujetos que habían instrumentado la factura electrónica. Al respecto, se aclara:

1. Los contribuyentes que han comenzado a emitir facturas electrónicas por cualquiera de las opciones habilitadas para hacerlo NO pueden volver a emitir facturas manuales, salvo en casos de fuerza mayor (facturas de resguardo).

2. La flexibilización hasta el 31 de marzo de 2016 dispuesta por la resolución general 3749 se fundamenta en las dificultades observadas para la implementación -en tiempo y forma- del régimen de facturación electrónica.

3. Los contribuyentes que no tuvieron inconvenientes en dar de alta el nuevo “punto de venta” en el sitio web Comprobantes en Línea y pudieron emitir al menos una factura electrónica antes del 10 de agosto de 2015 deben continuar emitiendo factura electrónica para respaldar sus operaciones (para ellos no es la flexibilización de la RG 3749.