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Abr

DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO- NOVEDAD




DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO PARA PLAN DE FACILIDADES.


DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO- NOVEDAD
Al intentar cargar un plan de facilidades de pago por obligaciones vencidas al 28/2/2015 -en el marco de la RG (AFIP) 3756- el sistema muestra un mensaje de imposibilidad de proseguir con la carga del plan a aquellos sujetos que no tienen constituido el domicilio fiscal electrónico. Al respecto, recordamos que el domicilio fiscal electrónico tiene su origen en el artículo 3.1 de la ley 11683, que dispone el carácter optativo del mismo y que dicho domicilio producirá en el ámbito administrativo los efectos del domicilio fiscal constituido, siendo válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen por esta vía.