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La Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa rectifica un error material incurrido en el artículo 2 de la resolución 408/2018 y establece que las empresas que hayan solicitado el bono de crédito fiscal por inversiones en bienes de capital y obras de infraestructura cuyo trámite se encuentre en curso al día 2/11/2018 y sean intimadas para cumplir con el ingreso del pago del arancel por verificación y control tendrán un plazo de 10 días hábiles para ingresar el mismo. En los demás casos en los que se intime el pago del citado arancel, el plazo para su ingreso será de 5 días hábiles. Recordamos que en aquellos casos en los que no se realice el pago en el citado plazo, el trámite de emisión del bono será desestimado. RESOLUCIÓN (Sec. Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa) 449/2018 BO: 14/11/2018