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Jul

IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y BIENES PERSONALES




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IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y BIENES PERSONALES
La AFIP publica oficialmente la resolución general que prorroga la presentación de las declaraciones juradas (no el pago) de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta para las empresas o explotaciones unipersonales y para toda clase de sociedades constituidas en el país (que no sean sociedades de capital) -art. 49, inc. b), LIG-, y para las personas humanas y sucesiones indivisas titulares de inmuebles rurales en relación con dichos inmuebles, cuyos cierres coincidan con el año calendario correspondiente al período fiscal 2017, según el siguiente detalle: Terminación CUIT Fecha de presentación 0, 1, 2, 3 Hasta el 25/7/2018, inclusive 4, 5 y 6 Hasta el 26/7/2018, inclusive 7, 8 y 9 Hasta el 27/7/2018, inclusive También se oficializa la prórroga al día 31/7/2018 para aquellos contribuyentes que opten por acogerse al plan de facilidades de pago -dispuesto por la RG (AFIP) 4057-E- con el fin de cancelar los saldos resultantes de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales. Sobre este último aspecto señalamos que, si bien se prorrogó la fecha para acceder al plan de pagos, el vencimiento para el ingreso del saldo operó en el pasado mes de junio.