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APOYO AL CAPITAL EMPRENDEDOR




PYMES


APOYO AL CAPITAL EMPRENDEDOR
Se adecua el procedimiento de solicitud del beneficio fiscal de deducción en el impuesto a las ganancias realizada por inversores en capital emprendedor, estableciendo que, en el caso de aquellos inversores en capital emprendedor que hubieran efectuado los aportes de inversión en el emprendimiento entre el 8/11/2017 y el 31/12/2017, inclusive, y cuyo cierre de ejercicio fiscal ocurra dentro de ese período, la solicitud del beneficio fiscal correspondiente podrá ser presentada hasta el 20/4/2018, inclusive. Asimismo, se reduce a 10 días el plazo para solicitar el beneficio fiscal desde la inscripción en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor (RICE) -L. 27349, art. 4- para aquellos inversores en capital emprendedor que hubieran realizado el aporte con posterioridad al 1/7/2016 y hasta el 8/11/2017. Por último, señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 28/3/2018.