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Dic

PROYECTOS DE LEY




FERIADOS NACIONALES


PROYECTOS DE LEY
FERIADOS NACIONALES Y DÍAS NO LABORABLES. REDEFINICIÓN DE CALENDARIO Y TRASLADOS

El Poder Ejecutivo de la Nación, mediante el proyecto de ley enviado a la Cámara de Diputados, propuso la redefinición de los feriados nacionales y días no laborables en todo el territorio de la Nación.

La mencionada propuesta consiste en eliminar los feriados turísticos, establecidos por el decreto 1584/2010, y trasladar aquellos feriados nacionales cuyas fechas coincidan con días martes y miércoles al día lunes anterior, y aquellos que coincidan con días jueves y viernes al lunes siguiente, exceptuándose de tal traslado al Viernes Santo, 1 de mayo, 25 de mayo, 9 de julio, 8 de agosto, 25 de diciembre y 1 de enero. Asimismo, fija los días no laborables para los habitantes de la Nación que profesen la religión judía e islámica.

PROYECTO DE LEY APROBADO POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS

Ponemos a disposición el proyecto de ley modificatorio de la ley del impuesto a las ganancias, del monotributo y que crea nuevos gravámenes, aprobado por la Cámara de Diputados de la Nación. El mismo contiene un incremento mayor para las escalas del monotributo y en los importes de las deducciones personales para el impuesto a las ganancias comparado con el proyecto original del Poder Ejecutivo Nacional que contaba con dictamen de la mayoría.

También establece la exención en ganancias de las sumas percibidas por los trabajadores en concepto de sueldo anual complementario por un importe equivalente a 8 veces el salario mínimo vital y móvil y las sumas que se perciban en concepto de productividad y horas extras. En otro orden, el proyecto que tiene media sanción propicia un impuesto sobre la ganancia extraordinaria presunta a la comercialización de juegos de azar desarrollada a través de máquinas electrónicas, un impuesto extraordinario a las operaciones realizadas con el dólar futuro, un impuesto por tres períodos fiscales aplicable a los inmuebles improductivos y el restablecimiento de los derechos de exportación a las actividades mineras.