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Jun

CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO




CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO


CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO
PETROLEROS PRIVADOS. REFINERÍAS, CCT 449/2006. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/5/2016

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 449/2006 arribaron a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento salarial con vigencia a partir de mayo de 2016. El retroactivo de dicho incremento se abonará entre los días 15 y 20 de junio de 2016. Asimismo, se conviene el pago de una suma no remunerativa de $ 14.232, a abonarse íntegramente antes del 20 de junio de 2016.

PETROLEROS PRIVADOS. DISTRIBUCIÓN DE GAS LICUADO, CCT 592/2010. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/5/2016

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 592/2010 han arribado a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento salarial con vigencia a partir de mayo de 2016. Asimismo, se conviene el pago de una suma no remunerativa de $ 4.000 a abonarse junto a los haberes de julio de 2016.

DEPORTIVAS Y CIVILES. INSTITUCIONES CIVILES Y DEPORTIVAS, CCT 736/2016. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/7/2016 Y 1/9/2016

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 736/2016 han arribado a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento salarial a efectivizarse en 2 tramos a partir de julio y setiembre de 2016.

SUPERVISORES METALÚRGICOS. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/5/2016, 1/8/2016 Y 1/11/2016

Las partes representativas de la industria metalúrgica en sus diferentes ramas que regulan la actividad de los supervisores arribaron a un nuevo Acuerdo salarial con exclusión de las ramas Electrónica y Autopartes, ambas de la Provincia de Tierra del Fuego, el cual se encuentra pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento salarial equivalente al 33% a efectivizarse en 3 tramos de la siguiente manera:

- 20% a partir de mayo de 2016; - 7% a partir de agosto de 2016; y - 6% a partir de noviembre de 2016.

Asimismo, se conviene el pago de una asignación no remunerativa de $ 4.000 a abonarse en 2 cuotas iguales de $ 2.000 junto a las remuneraciones de enero y marzo de 2017, respectivamente. Por otra parte, mediante un Acuerdo complementario, las partes disponen adecuaciones relativas al pago del adelanto extraordinario de $ 2.600 para el mes de marzo de 2016, homologado por la resolución (SsRL) 208/2016.

MENSAJERÍA. EMPLEADOS. CAPITAL FEDERAL, CCT 722/2015. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/5/2016 Y 1/10/2016

La entidad gremial que representa a los trabajadores alcanzados por el CCT 722/2015 dio a conocer la nueva grilla salarial de la actividad, la cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. En tal sentido, se expresan nuevos salarios básicos con vigencia escalonada a partir de mayo y octubre de 2016.

SMATA. VERIFICACIÓN TÉCNICA VEHICULAR, CCT 594/2010. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/5/2016

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 594/2010 han arribado a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento salarial con vigencia a partir de mayo de 2016. Asimismo, se conviene el pago de un bono no remunerativo de $ 2.500 a abonarse en 2 cuotas iguales de $ 1.250 junto con los haberes de mayo y julio de 2016, respectivamente.

ESTACIONES DE SERVICIO. LAVADEROS AUTOMÁTICOS, CCT 427/2005. ESCALAS SALARIALES DESDE EL 1/6/2016, 1/7/2016 Y 1/12/2016

La entidad gremial que representa a los trabajadores agrupados en el CCT 427/2005 dio a conocer la nueva composición salarial de la actividad, la cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. En tal sentido, se establece un incremento de los salarios básicos a efectivizarse en 3 tramos a partir de junio, julio y diciembre de 2016. Asimismo, se determina el pago de una suma fija de $ 517 para los meses de octubre y noviembre de 2016.

DESPACHANTES DE ADUANA. EMPLEADOS. CAPITAL FEDERAL, CCT 417/2005. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/5/2016 Y 1/10/2016

El Centro de Despachantes de Aduana (CDA) dio a conocer el nuevo Acuerdo salarial de la actividad regulada por el CCT 417/2005, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. El citado Acuerdo dispone un incremento salarial a efectivizarse en dos tramos a partir de mayo y octubre de 2016.

CERAMISTAS. RAMA FABRICACIÓN DE PORCELANAS, LOZAS Y AFINES, CCT 150/1975. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/5/2016, 1/6/2016, 1/9/2016, 1/11/2016 Y 1/1/2017

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 150/1975, rama "fabricación de porcelanas, lozas y afines", han arribado a un nuevo acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. En tal sentido, se establece un incremento salarial a efectivizarse de forma escalonada a partir de mayo, junio, setiembre y noviembre de 2016, y enero de 2017. Asimismo, se conviene el pago de una gratificación de carácter no remunerativo de fin de año de $ 3.000, a abonarse en 2 cuotas iguales, la primera el 20 de diciembre de 2016 y la segunda el 20 de enero de 2017.

CERAMISTAS. RAMA: FABRICACIÓN DE PISOS Y REVESTIMIENTOS CERÁMICOS, CCT 150/1975. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/5/2016, 1/6/2016 Y 1/10/2016

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 150/1975, rama "fabricación de pisos y revestimientos cerámicos", han arribado a un nuevo acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. En tal sentido, se establece un incremento salarial a efectivizarse de forma escalonada y acumulativa a partir de mayo, junio y octubre de 2016. Asimismo, se conviene el pago de una gratificación por única vez -art. 6, ley 24214- de $ 2.300, a abonarse con las remuneraciones de la primera quincena de diciembre de 2016, y otra igual de $ 2.300 junto a las remuneraciones de la primera quincena de enero de 2017.

CERAMISTAS. RAMA FABRICACIÓN DE LADRILLOS, TEJAS Y CERÁMICA ROJA, CCT 150/1975. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/5/2016, 1/6/2016, 1/10/2016 Y 1/12/2016

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 150/1975, rama "Fabricación de ladrillos, tejas y cerámica roja", han arribado a un nuevo acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. En tal sentido, se establece un incremento salarial a efectivizarse de forma escalonada y acumulativa a partir de mayo, junio, octubre y diciembre de 2016. Asimismo, se conviene el pago de una gratificación extraordinaria y no remunerativa de fin de año de $ 4.600, a abonarse en 2 cuotas iguales junto a la primera quincena de enero de 2017 y la primera quincena de febrero de 2017, respectivamente.

GASTRONÓMICOS Y HOTELEROS. HOTELES Y RESTAURANTES, CCT 389/2004. GRATIFICACIÓN NO REMUNERATIVA PARA JUNIO Y JULIO DE 2016, Y ENERO DE 2017. INCREMENTO REMUNERATIVO DESDE EL 1/8/2016 Y 1/2/2017. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/4/2017

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 389/2004 han arribado a un nuevo acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho acuerdo, se establece el pago de una gratificación de carácter no remunerativo, cuyo importe varía según la categoría profesional del trabajador, para los meses de junio y julio de 2016, y enero de 2017. Asimismo, se conviene un incremento remunerativo que no se integra a los salarios básicos, con vigencia escalonada a partir de agosto de 2016 y febrero de 2017. A partir de abril de 2017, con la incorporación del citado incremento al salario, quedarán conformados los nuevos salarios básicos de convenio.