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Jun

CNV - COMISIÓN NACIONAL DE VALORES




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CNV - COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Se dispone que, una vez autorizado el fondo común de inversión y antes de comenzar a operar, el Agente de Administración de Productos de Inversión Colectiva de Fondos Comunes de Inversión debe, dentro del plazo de 90 días hábiles contados a partir de la autorización otorgada por el Organismo, presentar la documentación requerida para el lanzamiento del mismo. De no realizar la presentación dentro del plazo indicado, los órganos del fondo deben presentar, con una antelación de 5 días hábiles a la fecha de su lanzamiento, una declaración jurada en la cual se manifieste que el texto del reglamento de gestión oportunamente aprobado se ajusta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes