17
May

RECORDATORIO




RECORDATORIO


RECORDATORIO
PRÓRROGA PARA PERSONAS FÍSICAS Y GANANCIAS SOCIEDADES

Recordamos que la AFIP ha prorrogado el plazo de la presentación y pago de la declaración jurada del impuesto a las ganancias y/o sobre los bienes personales correspondiente al período fiscal 2015 para las personas físicas y sucesiones indivisas que deben presentar la declaración jurada durante el mes de mayo.

Asimismo, la prórroga alcanza al impuesto a las ganancias de sociedades, empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros, con cierre de ejercicio en diciembre de 2015, siendo los nuevos vencimientos a partir del 16/05 al 20/05 según terminación de cuit, y el pago se podrá realizar el primer día hábil posterior a la presentación de la ddjj.

La prórroga también se extiende a la presentación y pago de las declaraciones juradas del impuesto a la ganancia mínima presunta y el régimen de acciones y participaciones societarias del período fiscal 2015. Los nuevos vencimientos comienzan a operar a partir del día 16/5/2016, excepto los del impuesto a la ganancia mínima presunta, que comienzan a operar a partir del 17/5/2016.

MONOTRIBUTO. RECATEGORIZACIÓN CUATRIMESTRAL Y VENCIMIENTO DE LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA

El 20 de mayo de 2016 vence el plazo para que los monotributistas efectúen la recategorización cuatrimestral sobre la base de los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados de los últimos 12 meses, junto con la superficie afectada a la actividad al 30/4/2016.

Asimismo, recordamos que del 24/5/2016 al 31/5/2016 vence el plazo para la presentación de la declaración jurada informativa correspondiente al primer cuatrimestre del año 2016 respecto de los monotributistas que se hallen encuadrados en las categorías F o superior, y para aquellos que revistan la calidad de empleadores (independientemente de la categoría en la que se encuentren inscriptos)según el siguiente detalle:

Terminación CUIT

0 o 1 24/5/2016

2 o 3 26/5/2016

4 o 5 27/5/2016

6 o 7 30/5/2016

8 o 9 31/5/2016

CABA. INGRESOS BRUTOS. RÉGIMEN SIMPLIFICADO. RECATEGORIZACIÓN CUATRIMESTRAL

La recategorización en el Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos de la CABA vence en mayo de 2016 y deberá realizarse mediante declaración jurada remitida por transferencia electrónica de datos, a través de la página web www.agip.gob.ar. Recordamos que por medio de la resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 95/2015, se modificaron las fechas de recategorización en el mencionado régimen, la que ahora deberá efectuarse cuatrimestralmente en los meses de enero, mayo y setiembre.

RECATEGORIZACIÓN ANUAL AUTÓNOMOS

El 31 de mayo vence el plazo para que los trabajadores autónomos efectúen la “Recategorización Anual”, en caso de que corresponda adecuar su categoría, en virtud de lo establecido por el artículo 24 de la resolución general (AFIP) 2217.