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Mar

LA PAMPA




LA PAMPA


LA PAMPA
Se reglamenta el régimen de promoción de las actividades económicas tendientes al fortalecimiento y expansión de la economía provincial -L. (La Pampa) 2870-. Recordamos que mediante el mencionado régimen de promoción se podrán otorgar exenciones, por un plazo máximo de 15 años, en el impuesto sobre los ingresos brutos, inmobiliario, de sellos, a los vehículos de carga o utilitarios, y en todo impuesto creado o por crearse en el ámbito provincial. Al respecto, destacamos que la exención del impuesto sobre los ingresos brutos tendrá vigencia a partir de la fecha de puesta en marcha, y la exención del impuesto inmobiliario y a los vehículos de carga o utilitarios a partir de la fecha de vigencia del otorgamiento del beneficio. Respecto a la exención en el impuesto de sellos, la misma tendrá vigencia a partir de la fecha del decreto de otorgamiento del beneficio, a excepción de los actos de constitución o modificación de la sociedad, respecto de los cuales la misma será procedente desde la presentación de la solicitud de acogimiento.