18
Ene

SABÍAS QUE ??




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TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. EXTRANJEROS. UNIONES CONVIVENCIALES. EFECTOS JURÍDICOS. RECONOCIMIENTO. PRECISIONES

Se modifica la disposición (DNM) 4880/2015, por la cual se armonizó el régimen de radicaciones a raíz de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCo.), en su artículo 3, que ordena dar intervención al Ministerio Público de la Defensa, conforme al artículo 54 de la ley 24946, en todos los casos en que se otorgue beneficio migratorio a un menor de edad cuya representación necesaria recaiga sobre tutor o similar, para que tome intervención en el marco de competencia específica para el discernimiento judicial de la tutela o representación necesaria del menor, en los términos del artículo 106 del CCyCo.

JUBILACIONES. EL RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS ACREDITA APORTES LABORALES PARA UNA FUTURA JUBILACIÓN

La ANSeS informa que el Reconocimiento de Servicios acredita aportes laborales para una futura jubilación. En tal sentido, es importante que los trabajadores obtengan el citado reconocimiento para que ellos mismos lleven un control sobre los aportes realizados en sus años laborales, ya sea en relación de dependencia o de manera autónoma, lo que les permitirá adelantar parte del futuro trámite jubilatorio.

El trámite puede solicitarse en cualquier momento, previa solicitud de turno al número gratuito 130 o en www.anses.gob.ar. Para realizarlo, el interesado o un representante deberán dirigirse a cualquier oficina de la ANSeS con la documentación requerida, que puede ser consultada en www.anses.gob.ar, sección Prestaciones y Servicios, opción Trabajadores, Reconocimiento de Servicios. Destacamos que el titular tendrá que acreditar sus datos personales y los de sus relaciones familiares en la Base de Datos de Personas (ADP) del Organismo mediante la presentación de la documentación correspondiente en cada caso, sin turno previo.