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SUBSIDIO EXTRAORDINARIO




SUBSIDIO EXTRAORDINARIO


SUBSIDIO EXTRAORDINARIO
Se establece un subsidio extraordinario por única vez de $ 400 para los titulares de derecho que perciben la Asignación Universal por Hijo, titulares de la Asignación por Embarazo y los beneficiarios de las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que perciban el haber mínimo jubilatorio. Asimismo, beneficia a los titulares de pensiones no contributivas por vejez, invalidez y madres de 7 hijos o más, y pensiones graciables otorgadas por la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales y a beneficiarios de pensiones honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur. El presente subsidio está a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social y será liquidado por única vez en el mes de diciembre de 2015 y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.