02
Sep

SISTEMA PREVISIONAL (SIPA)




SISTEMA PREVISIONAL (SIPA)


SISTEMA PREVISIONAL (SIPA)
Se aprueban los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en relación de dependencia, cesados a partir del 31 de agosto de 2015 o que continúen en actividad a partir del 1 de setiembre de 2015. El valor de la movilidad -art. 32, L. 24241- se determina en 12,49%. La base imponible mínima queda establecida en $ 1.495,34 y la máxima en $ 48.598,08, a partir del devengado setiembre de 2015. Asimismo, se establecen los haberes mínimo garantizado y máximo, vigentes a partir del 1 de setiembre de 2015, en $ 4.299,06 y $ 31.495,73 respectivamente, y el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) prevista en el artículo 19 de la ley 24241 se fija en la suma de $ 2.031,04.