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Abr

RECORDATORIO




RECORDATORIO,


RECORDATORIO
Recordamos que a partir del período devengado marzo de 2015 y siguientes será obligatoria la utilización del Sistema Integrado de Retenciones Electrónicas (SIRE) para formalizar las retenciones o percepciones de los siguientes regímenes de la seguridad social:

* Régimen general de retenciones [RG (AFIP) 1784] * Servicios eventuales [RG (DGI) 3983] * Empresas constructoras [RG (DGI) 4052] * Prestadores de servicios de limpieza de inmuebles [RG (AFIP) 1556] * Vales alimentarios y/o cajas de alimentos [RG (AFIP) 1557] * Actividad tabacalera [RG (AFIP) 1727] * Prestadores de servicios de investigación y seguridad [RG (AFIP) 1769] * Convenios de corresponsabilidad gremial

Para el envío de la declaración jurada F. 996 de Seguridad Social se deberá ingresar al servicio “Mis Aplicaciones Web” con Clave Fiscal. A partir de período mencionado dejará de tener validez la utilización del aplicativo SIJP Retenciones y Percepciones (F. 910), salvo para las presentaciones originales o rectificativas correspondientes a los períodos anteriores a marzo de 2015.

En caso de que no se hubieran efectuado operaciones de los regímenes detallados, de todas maneras deberá presentarse la información, ingresando al servicio “Mis Aplicaciones Web” y enviando una declaración jurada “sin movimiento”, sin necesidad de emitir previamente ningún certificado desde el servicio “Sistema Integral de Retenciones Electrónicas - SIRE”.

Por otra parte, este nuevo Sistema le permitirá generar los certificados de retención y/o percepción (Formulario F. 2004 -Certificado de Retención/Percepción de la Seguridad Social-).