02
Mar

MENDOZA




MENDOZA, FISCAL,


MENDOZA
Se adecuan los códigos de actividades del régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias, correspondientes principalmente al rubro de hospedajes, a raíz de las modificaciones introducidas por la ley impositiva 2015. Asimismo, se otorga un plazo hasta el 13/3/2015 para que los contribuyentes inscriptos en los códigos de actividad identificados bajo los números 632015 -Servicio alojamiento, comida, hospedaje, excepto pensión, aloj. hora-, 632023 -Servicio alojamiento, comida, hospedajes en pensiones-, 632090 -Servicios prestados por campamentos, otros lugares, no clasificados-, 832423 -Servicios explotación, extracción de petróleo crudo, gas natural-, 632032 -Servicios de hostel- y 632031 -Servicios prestados en alojamientos por hora- excluidos del régimen tramiten el alta en el código de actividad que les corresponda de acuerdo a lo previsto en la planilla analítica de alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos, anexa a la ley impositiva 8778/2015; caso contrario, serán incluidos en el régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias, a la alícuota del 5%.