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CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES- INSCRIPCIÓN DE OFICIO
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, INSCRIPCIÓN DE OFICIO.
Se establece el procedimiento a aplicar en aquellos supuestos en que la Dirección General de Rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires detecte la existencia de sujetos que realicen actividades alcanzadas por el impuesto sobre los ingresos brutos en el ámbito de la Ciudad y verifique la falta de inscripción en el tributo por parte de los mismos cualquiera sea su domicilio fiscal, con el objeto de lograr la regularización de su situación fiscal o proceder a su inscripción de oficio.
Asimismo, quedan alcanzados aquellos contribuyentes que hayan procedido a efectuar su inscripción en el impuesto como consecuencia de las intimaciones efectuadas por la citada Dirección, denunciando una fecha de inicio de las actividades que no se corresponde con todos los elementos, información e indicios fehacientes que dieron origen al requerimiento oportuno.
Asimismo, quedan alcanzados aquellos contribuyentes que hayan procedido a efectuar su inscripción en el impuesto como consecuencia de las intimaciones efectuadas por la citada Dirección, denunciando una fecha de inicio de las actividades que no se corresponde con todos los elementos, información e indicios fehacientes que dieron origen al requerimiento oportuno.