31
Ene

MENDOZA




MENDOZA IMPUESTOS,


MENDOZA
* LEY IMPOSITIVA 2015. ALÍCUOTAS Y MONTOS APLICABLES. CÓDIGO FISCAL. MODIFICACIÓN

Se establecen las alícuotas y los montos aplicables a los impuestos, las tasas y las contribuciones de la Provincia, correspondientes al período fiscal 2015, y se disponen modificaciones al Código Fiscal provincial. Entre las principales modificaciones destacamos:

* Ingresos brutos:

- Se establece que la actividad de producción de petróleo crudo y gas natural (cód. 220019) estará gravada a la alícuota del 3%. - Se fija en 1% la alícuota aplicable a la actividad de refinamiento de petróleo, refinería sin expendio público (cód. 353019).

* Sellos:

- Estarán sujetas a la alícuota del 2% las operaciones de financieras con o sin garantías.

Código Fiscal:

- Se faculta a la Administración Tributaria Mendoza a otorgar planes de facilidades de pago no mayores a 3 cuotas para agentes de retención y percepción por los importes retenidos y/o percibidos a los contribuyentes o administrados. - Se modifican los requisitos para acceder a la exención del impuesto sobre los ingresos brutos que se detallan en la ley impositiva -.

INGRESOS BRUTOS. TASA CERO. ACTIVIDAD DE CONSTRUCCIÓN. OBRAS REALIZADAS PARA EL ESTADO O PARA EL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA. REGLAMENTACIÓN.

Se reglamenta el régimen de tasa cero en el impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad de construcción, aplicable cuando la actividad, con un monto total de la obra de hasta $ 10.000.000, se realice para la Nación, la Provincia, sus municipalidades o sus entes centralizados, descentralizados o autárquicos, o cuando se desarrolle sobre inmuebles propios y/o de terceros a través de planes del Instituto Provincial de la Vivienda y de vivienda social.