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Ene

ESPACIOS PUBLICITARIOS-NUEVO RÉGIMEN DE INFORMACIÓN




PUBLICIDAD, RÉGIMEN INFORMACIÓN


ESPACIOS PUBLICITARIOS-NUEVO RÉGIMEN DE INFORMACIÓN
Se establece un régimen de información e identificación fiscal de espacios físicos afectados a fines publicitarios de tipo estático en la vía pública, de cualquier naturaleza (estructuras, medianeras, pantallas, carteles publicitarios, etc.), cuya superficie de exhibición resulte igual o superior a 30 m2. Al respecto, las personas físicas, sucesiones indivisas, sociedades, empresas, fideicomisos, condominios o entidades de cualquier clase constituidos en el país y establecimientos organizados en forma de empresas estables pertenecientes a personas de existencia física o ideal del exterior, que dispongan de soportes publicitarios para publicidad en la vía pública, estarán obligados a identificarlos fiscalmente ante la AFIP y tramitar para cada uno de ellos el "Código de Identificación Fiscal de Soportes Publicitarios (CISOP)" dentro de los 10 días corridos desde su afectación.

A los efectos de obtener el citado Código, los sujetos referidos deberán suministrar los datos e información correspondientes a través de transferencia electrónica por medio del servicio "Régimen de información", régimen "Identificación fiscal de soportes publicitarios", en el sitio web de la AFIP mediante la utilización de la clave fiscal, nivel de seguridad 3, como mínimo. El presente régimen será de aplicación a partir del día 26/1/2015, estableciéndose, no obstante, un cronograma para su cumplimiento respecto de los soportes publicitarios y/o contratos y/o acuerdos existentes y/o afectados o celebrados hasta el 21/4/2015.