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SALTA





SALTA
La Dirección General de Rentas establece que a partir del 20/1/2015 podrá tramitarse la obtención de constancias de exención para contribuyentes exentos en el impuesto a las actividades económicas para el período fiscal 2015.

Asimismo, se dispone que las constancias emitidas para el año 2014 serán consideradas como constancias de no retención/no percepción para el período comprendido entre el 1/1/2015 y el 31/3/2015.