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Feb

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SANTA FE
Se reglamenta el régimen de Estabilidad Fiscal para el período 2022 -arts. 34 a 39 de la L. (Santa Fe) 14069-. Al respecto, se precisan las formalidades que deberán cumplimentar para adherir a los beneficios de estabilidad fiscal en la Provincia por parte de las micro, pequeñas y medianas empresas. Asimismo, se excluye al sector agropecuario en la aplicación de los topes máximos para considerar a los contribuyentes o responsables como Pyme Santafesina. RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Prov. Impuestos Santa Fe) 10/2022