03
May

IMPUESTO A LAS GANANCIAS




AFIP


IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Se habilita el servicio denominado “SIR Sistema Integral de Recuperos”, para que las micro y pequeñas empresas den cumplimiento a la información referida a los bienes muebles y/u obras de infraestructura involucradas en el beneficio de amortización acelerada para contribuyentes cumplidores -que instrumentó el art. 17.1 de la ley 27541 de moratoria ampliada 2020-. En tal sentido se deberán informar los comprobantes que respalden la compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes muebles de uso y/u obras de infraestructura, junto con un informe en archivo PDF elaborado por un Contador Público independiente que certifique determinados elementos necesarios para la procedencia del beneficio. También se establecen determinados requisitos que deben cumplir los comprobantes y los contribuyentes para que resulte procedente el beneficio, entre los que se destaca el cumplimiento de las obligaciones por los períodos fiscales iniciados a partir del 1/1/2017, como así también se establece la forma de reintegrar el beneficio que ya hubiera sido usufructuado, cuando el mismo no resulte procedente por alguna de las causales. Por útlimo recordamos que el presente beneficio resulta aplicable para las inversiones efectuadas desde el 26/8/2020 hasta el 31 de diciembre de 2021, ambas fechas inclusive. RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4971 BO: 22/04/2021