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IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y AL DIÓXIDO DE CARBONO




AFIP


IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y AL DIÓXIDO DE CARBONO
Se establece que el 62% del incremento del impuesto correspondiente al cuarto trimestre del año 2020 para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil solo surtirá efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 21/4/2021, inclusive. DECRETO (Poder Ejecutivo) 229/2021 BO: 01/04/2021