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EMPLEADOS DE COMERCIO
LABORAL
Se homologa Acuerdo celebrado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, la Cámara Argentina de Comercio, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas, en el marco del CCT 130/1975, donde pactan un incremento salarial correspondiente a enero, febrero y marzo de 2021, en el que las partes acuerdas nuevas condiciones económicas.
RESOLUCIÓN 73/2021 (S.T.)
Entre los más importante destacamos :
• Se pactó el pago de una asignación no remunerativa del 21% (en total) a pagar de la siguiente forma:
o 7% en enero 2021
o 14% en febrero 2021
o 21% en marzo 2021
• Se calculará sobre el básico vigente en diciembre 2020 + la Gratificación de $ 5.000.
• Será proporcional a la jornada y se descontarán ausencias injustificadas. En el recibo se consignará como “Asignación Extraordinaria No Remunerativa – Revisión Acuerdo 2020”
• Sobre dichas sumas solamente se aplicarán los siguientes aportes y contribuciones (según corresponda):
o OSECAC
o Sindicato y FAECyS
o INACAP
• Se continuarán pagando (enero a marzo) los $ 5.000 no remunerativos del acuerdo. El 21% + la mitad de la Gratificación de $ 5.000 se incorporarán al básico en el mes de abril (la otra mitad se incorporará en mayo).
• Continúa vigente el pago de $ 100 a OSECAC (a cargo del trabajador)
• Se renueva el acuerdo de suspensiones (Art. 223 bis, desde enero a marzo 2021), estableciéndose que deberá adicionarse la suma no remunerativa aquí pactada (en la proporción correspondiente)
• Según FAECYS, sobre la asignación no remunerativa, se deberá calcular presentismo y antigüedad