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IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y AL DIÓXIDO DE CARBONO




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IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y AL DIÓXIDO DE CARBONO
Se establece que los incrementos en los montos del impuesto a los combustibles y al dióxido de carbono que resulten de las actualizaciones correspondientes al segundo trimestre calendario del año 2020 surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil a partir del 16/12/2020, inclusive, y toda otra actualización queda suspendida hasta el 15/1/2021. DECRETO (Poder Ejecutivo) 965/2020 BO: 01/12/2020