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Sep

BUENOS AIRES (CIUDAD)




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BUENOS AIRES (CIUDAD)
Se exceptúa del pago de las cuotas 5/2020 y 6/2020 de los contribuyentes y/o responsables inscriptos en la categoría Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que realicen las actividades de construcción. Asimismo, se establece un diferimiento en el pago del gravamen por la generación de residuos áridos y afines no reutilizables y en los derechos de delineación y construcción para quienes inicien y obtengan permiso de obra entre el 15/9/2020 y el 15/9/2021. Por último, se establecen exenciones en el pago de los derechos de desarrollo urbano y hábitat sustentable, dependiendo del tipo de obra. LEY (Poder Legislativo Buenos Aires (Ciudad)) 6323 BO (Buenos Aires (Ciudad)): 02/09/2020