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Mar

CONTRIBUCIONES PATRONALES




laboral


CONTRIBUCIONES PATRONALES
La RG (AFIP) 4661 señala que la detracción de $ 10.000 para empleadores con hasta 25 trabajadores – que rige desde el período diciembre/2019- se podrá aplicar con la versión actualizada de “Declaración en Línea” o el sistema aplicativo SICOSS (según corresponda) que se encuentra disponible desde el 1 de marzo. También se aclara que las DDJJ F. 931 de los períodos devengados diciembre/2019 y enero/2020 podrán ser rectificados hasta el 31 de marzo de 2020 y que para ello no será de aplicación el procedimiento de la RG (AFIP) 3093. Por esta razón, el saldo a favor de esos períodos debería incluirse en forma automática en “Cuentas Tributarias”, aunque la AFIP no indicó a partir de qué fecha se encontraría disponible dicho saldo. Decreto 14/2020: exención de contribuciones para MiPyMES Las MiPyMES que cuenten con el certificado podrán gozar de la eximición de contribuciones patronales con destino al SIP sobre el incremento solidario del Decreto 14/2020. Será necesario rectificar el mes de enero/2020 ya que el mes de febrero es posible ingresar los montos correspondientes utilizando el servicio web “Declaración en Línea” actualizado recientemente por la AFIP o la versión 42 del aplicativo SICOSS, según corresponda.