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Mar

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA




BCRA


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
El organismo, a través de la Comunicación "A" 6909, modifica las normas sobre "Sistema Nacional de Pagos. Débito Directo", en lo que refiere al Régimen de Información al cliente de cargos en cuenta por débito directo, y las Reversiones solicitadas por el cliente receptor de débitos. Asimismo, se realizan adecuaciones en las normas sobre “Reglamentación de la Cuenta Corriente bancaria” y en las normas sobre "Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales" determinando que en los convenios que las entidades financieras concierten con sus clientes para la adhesión a sistemas de débito automático deberá incluirse una cláusula que prevea la posibilidad de que el cliente ordene la suspensión de un débito hasta el día hábil anterior -inclusive- a la fecha de vencimiento y la alternativa de revertir débitos por el total de cada operación.