19
Ago

RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE




AFIP


RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE
Se establece que, hasta el 31/12/2019, no se tendrá en cuenta el SIPER para acceder al régimen de facilidades de pago permanente, y se amplía de 6 a 10 la cantidad máxima de planes vigentes a la que pueden acceder las pymes. Señalamos que, con estas medidas, aquellos sujetos que tenían un SIPER con perfil de riesgo medio o superior podrán acceder a reducciones en las tasas de financiamiento y una mayor cantidad de cuotas en los planes de pago. En otro orden, señalamos que ha trascendido por parte de la AFIP que se encuentran pendientes otras medidas que contemplan la extensión del plan de facilidades de pago no permanente dispuesto por la resolución general (AFIP) 4477 en hasta 120 cuotas mensuales.