17
Jun

REGÍMENES ESPECIALES




.


REGÍMENES ESPECIALES
Tal como adelantáramos en el e-report del 27/5/2019, se crea el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, mediante el cual se promocionan actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información, apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos, el cual resulta de aplicación a partir del 1/1/2020 y hasta el 31/12/2029. A tal efecto, se establecen beneficios impositivos para las industrias de software, biotecnología, industrias aeroespacial y satelital, audiovisual, servicios geológicos, de prospección y relacionados con electrónica y comunicaciones, centros de exportación de servicios profesionales, investigación y desarrollo, nanotecnología y nanociencia, y la fabricación de bienes 4.0 conectados a la tecnología. Los beneficios impositivos a los que podrán acceder los beneficiarios del presente régimen son: * Estabilidad fiscal en los tributos nacionales; * Alícuota reducida del impuesto a las ganancias del 15%; * Los beneficiarios no serán sujetos pasibles de retenciones ni percepciones del impuesto al valor agregado; * Reducción adicional a las contribuciones patronales y la posibilidad de generar un bono de crédito fiscal por las contribuciones que hubiera correspondido pagar; * Podrán deducir un crédito por los gravámenes análogos efectivamente pagados o retenidos en el exterior, cuando se trate de ganancias de fuente argentina. Destacamos que la estabilidad fiscal mencionada alcanza a todos los tributos nacionales, así como también a los derechos o aranceles a la importación y exportación, y se extenderá a la carga tributaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, provincias y municipios en la medida en que los mismos se adhieran expresamente al presente régimen de promoción, a través del dictado de una ley.