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Sep

BIENES DE CAPITAL, INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES.





BIENES DE CAPITAL, INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES.
Se aprueba el procedimiento que se deberá llevar a cabo a partir del 10/9/2014 para actualizar los datos de las Empresas Inscriptas en el Registro de Empresas locales fabricantes de Bienes de Capital, Informática y Telecomunicaciones. La actualización de datos será condición necesaria para el otorgamiento del bono fiscal, según lo dispuesto por el decreto 379/2001, y los beneficiarios deberán actualizarlos cada 3 meses con carácter de declaración jurada. La citada actualización se realizará vía Internet, a través de la página web del Ministerio de Industria (www.industria.gob.ar). Destacamos que aquellas empresas que no hayan cumplido con las presentes disposiciones al 30/10/2014 serán dadas de baja del Registro de empresas locales fabricantes de bienes de capital, informática y telecomunicaciones.