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MENDOZA




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MENDOZA
Se dispone que las constancias de exención y/o reducción de alícuotas para determinadas actividades -art. 185, inc. x), CF-, indicadas en la ley impositiva anual para el año 2019 -L. 9118-, solicitadas y/o validadas en diciembre de 2018, regirán hasta el 31/3/2019, con los efectos que dichas constancias indiquen, con igual validez que las obtenidas en los términos de la ley 9118, en los meses de enero, febrero y marzo del corriente año.