16
Nov

CIUDAD DE BUENOS AIRES




laboral


CIUDAD DE BUENOS AIRES
Se crea la Junta Médica Laboral, a fin de intervenir en los conflictos que se susciten con motivo de discrepancias médicas referidas a la aptitud física y/o psiquiátrica de un trabajador con relación a accidentes o enfermedades inculpables durante la relación laboral o una vez extinguida la misma. Las principales funciones de la Junta Médica Laboral serán: a) Evaluar las patologías denunciadas, valorando los antecedentes médicos relacionados directa o indirectamente con el estado de dichas patologías. b) Constatar y realizar el seguimiento de enfermedades inculpables de largo tratamiento. c) Realizar el contralor de prescripciones médicas de cambio de funciones o tareas livianas.