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CIUDAD DE BUENOS AIRES
laboral
Se crea la Junta Médica Laboral, a fin de intervenir en los conflictos que se susciten con motivo de discrepancias médicas referidas a la aptitud física y/o psiquiátrica de un trabajador con relación a accidentes o enfermedades inculpables durante la relación laboral o una vez extinguida la misma.
Las principales funciones de la Junta Médica Laboral serán:
a) Evaluar las patologías denunciadas, valorando los antecedentes médicos relacionados directa o indirectamente con el estado de dichas patologías.
b) Constatar y realizar el seguimiento de enfermedades inculpables de largo tratamiento.
c) Realizar el contralor de prescripciones médicas de cambio de funciones o tareas livianas.