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Ago
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TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
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En el marco de la reglamentación del Programa Crédito Fiscal para la Formación Profesional correspondiente al año 2018, establecido por la resolución (MTESS) 277/2018, se determina que podrán presentar propuestas las empresas y cooperativas de trabajo.
Las actividades contempladas podrán ser:
- de formación laboral;
- de formación laboral básica;
- de entrenamiento para el trabajo;
- de fortalecimiento y/o certificación de la calidad de gestión de las Instituciones de Formación Profesional, según el referencial del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social - IRAM, o de la Norma ISO 29.990;
- de evaluación para la certificación de competencias laborales;
- de actividades vinculadas a la responsabilidad social empresaria;
- de regularización de su Sistema de Prevención de Riesgos del Trabajo; y
- de certificación de calidad de procesos y productos.
Asimismo, las empresas o cooperativas de trabajo podrán asociarse con otras empresas o cooperativas de trabajo exclusivamente de su cadena de valor, adquiriendo estas últimas el carácter de organismos adherentes, las cuales no serán acreedoras del certificado de crédito fiscal y deberán prestar su conformidad para la capacitación de sus empleados o asociados por parte de la empresa o cooperativa de trabajo responsable de la propuesta.