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Jun

AFIP




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La AFIP informa que se encuentra habilitada la opción online para cancelar deudas con fondos de cuentas embargadas, en el marco de la resolución general (AFIP) 4262. La citada norma permite al contribuyente pagar de manera parcial o total las deudas embargadas en forma inmediata. En este sentido, la flexibilización de los embargos incorpora la figura de la dación en pago, mecanismo que permite utilizar los fondos embargados para cancelar el embargo. El Organismo recuerda que, para tramitar el levantamiento del embargo, el contribuyente debe ingresar a la página web de la AFIP y luego podrá pagar la deuda en forma electrónica. Una vez que se concrete el pago a través de la entidad bancaria, se realizará el levantamiento de las medidas cautelares en forma automática, siempre que se haya abonado el total de la suma embargada.