01
Jun

CÓRDOBA




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CÓRDOBA
Se prorroga, hasta el 1/6/2018, la fecha a partir de la cual las entidades emisoras de tarjetas de crédito y/o las entidades encargadas de recaudaciones, rendiciones periódicas y/o liquidaciones deberán comenzar a actuar como agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos, respecto de las rendiciones periódicas y/o liquidaciones que efectúen a sus usuarios/clientes en el marco del sistema de pago que administran, vinculadas con la comercialización de servicios de suscripción online para el acceso a toda clase de entretenimiento audiovisual que se transmita desde Internet, por sujetos domiciliados, radicados o constituidos en el exterior.