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SALTA
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Se establecen modificaciones al Código Fiscal Provincial y a la ley impositiva, relativas a la base imponible y alícuotas de la actividad de comercialización de vehículos automotores, moto vehículos, camiones, acoplados o maquinarias nuevas (0 km) susceptibles de inscripción en registros públicos, realizada por empresas concesionarias oficiales.
Entre las principales modificaciones, destacamos:
- Impuesto a las actividades económicas:
* La base imponible estará constituida por la diferencia entre el precio de compra y de venta. No obstante, se presume que la misma no será inferior al 15% de su valor de venta.
Cabe destacar que solo será de aplicación para aquellos contribuyentes que, al 31/12/2017, tengan regularizada su situación ante la Dirección General de Rentas o lo hagan mediante plan de regularización.
* Se establece la alícuota del 15%.
- Impuesto de sellos: Se establece la alícuota del 2,5%.