01
Jun

SALTA




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SALTA
Se establecen modificaciones al Código Fiscal Provincial y a la ley impositiva, relativas a la base imponible y alícuotas de la actividad de comercialización de vehículos automotores, moto vehículos, camiones, acoplados o maquinarias nuevas (0 km) susceptibles de inscripción en registros públicos, realizada por empresas concesionarias oficiales. Entre las principales modificaciones, destacamos: - Impuesto a las actividades económicas: * La base imponible estará constituida por la diferencia entre el precio de compra y de venta. No obstante, se presume que la misma no será inferior al 15% de su valor de venta. Cabe destacar que solo será de aplicación para aquellos contribuyentes que, al 31/12/2017, tengan regularizada su situación ante la Dirección General de Rentas o lo hagan mediante plan de regularización. * Se establece la alícuota del 15%. - Impuesto de sellos: Se establece la alícuota del 2,5%.