01
Jun

PROCEDIMIENTO FISCAL




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PROCEDIMIENTO FISCAL
La ley de presupuesto del año 2017, en su artículo 79, dispuso la condonación de las deudas de empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial -dispuesto en el marco de la L. 22021-, generadas hasta el período fiscal 2015, originadas por el usufructo de una cantidad de bonos de crédito fiscal superior a la originalmente reconocida, que hubiera sido acreditado en el marco de un proceso judicial cuyo resultado finalmente haya sido adverso a las beneficiarias del citado Régimen, en la medida en que dichas empresas hubieran cumplido con las obligaciones previstas en su acto particular de concesión de beneficios. Posteriormente, el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Producción establecieron el procedimiento para otorgar la citada condonación, mediante la presentación de una declaración jurada ante la Autoridad de Aplicación provincial, en la que debe constar que la empresa dio cumplimiento a sus obligaciones previstas en el acto particular de concesión de beneficios, y la AFIP es la encargada de verificar si las empresas que solicitan el Certificado de Cumplimiento Promocional han sido objeto del decaimiento a los fines tributarios -art. 143, L. 11683-. Ahora, la AFIP prorroga hasta el 31/12/2018 el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales relacionadas con las deudas susceptibles de condonación que deben ser verificadas.