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Ene

BUENOS AIRES




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BUENOS AIRES
Se adhiere la Provincia de Buenos Aires a la ley nacional 27348, complementaria de la ley sobre riesgos del trabajo. Recordamos que la citada ley, en su Título I, establece, entre otras disposiciones, la actuación de las Comisiones Médicas jurisdiccionales como instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la ley de riesgos del trabajo.