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Sep

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA




Pymes


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Se establece que para la determinación de la condición de micro, pequeña o mediana empresa se tendrá en cuenta la presentación del certificado de acreditación de MiPyME dispuesto por la resolución (SEyPyME) 340-E/2017 y el valor promedio de las ventas totales anuales, excluidos los impuestos al valor agregado e internos y deduciendo hasta el 50% del valor de las exportaciones, obtenidos de los últimos 3 ejercicios comerciales o años fiscales, según la información que la empresa presente a través del formulario 1272, disponible con clave fiscal en el sitio web de la AFIP. En este sentido, se deja expresa constancia que no serán consideradas MiPyME las empresas que, reuniendo los requisitos mencionados, se encuentren controladas por y/o vinculadas a empresas o grupos que no reúnan tales requisitos.