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Sep

RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL




INUNDACIONES


RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
La AFIP establece una prórroga de 6 meses para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de las obligaciones impositivas, de autónomos y monotributo, para los sujetos cuya actividad principal se desarrolle en determinados partidos, localidades y/o parajes de las Provincias de Buenos Aires, Catamarca, Chubut, Corrientes, Jujuy, La Pampa, Misiones, Salta, Santa Fe, Tucumán y Río Negro. También se suspenden, durante 180 días corridos, la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago, la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas. Quedan excluidas del citado plazo especial las retenciones, percepciones y cuotas correspondientes a planes de facilidades de pago vigentes. Asimismo, se aclara que aquellos contribuyentes que por su actividad gocen de las franquicias impositivas dispuestas por las normas de emergencia agropecuaria -L. 26509 y RG (AFIP) 2723- deberán optar por seguir gozando de esos beneficios o por las comentadas precedentemente y, una vez ejercida la opción, la misma no podrá modificarse. Para acceder al beneficio del plazo especial, los contribuyentes deberán presentar hasta el 27/9/2017 una multinota con carácter de declaración jurada en la dependencia de la AFIP en la cual se encuentren inscriptos.